En la madrugada de este jueves, el Senado de la Nación aprobó en general, con 37 votos a favor y 33 en contra, el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada. La iniciativa, una pieza central de la agenda de desregulación del Gobierno, logró avanzar hacia la Cámara de Diputados, aunque lo hizo en una versión significativamente reducida y tras un complejo proceso de negociaciones que puso a prueba la capacidad de articulación del oficialismo.

El camino hacia la media sanción estuvo marcado por una alta tensión política. Para garantizar los números necesarios, el oficialismo, liderado en el recinto por Patricia Bullrich, debió ceder terreno en puntos neurálgicos. Previo al inicio del debate, el Gobierno ya había retirado el capítulo destinado a flexibilizar la compra de tierras por parte de extranjeros, ante la fuerte presión de sectores de la oposición dialoguista y el contexto social enrarecido por las protestas en las inmediaciones del Congreso.

Sin embargo, el traspié más notorio ocurrió durante el transcurso de la sesión. Ante la falta de apoyos suficientes de los bloques provinciales y la firme postura de senadores patagónicos, el oficialismo se vio obligado a retirar, en pleno debate, el articulado que modificaba la Ley Nacional de Manejo del Fuego. La normativa vigente, impulsada años atrás por el kirchnerismo, establece prohibiciones de entre 30 y 60 años para el cambio de uso de tierras incendiadas. La oposición celebró con aplausos la caída de este capítulo, argumentando que su derogación fomentaba la especulación inmobiliaria en detrimento de la protección ambiental.

En contraparte, el proyecto que continuará su curso en la Cámara baja se centra ahora en tres ejes fundamentales: la agilización de los procesos judiciales de desalojo, la reforma de la ley de expropiaciones y la digitalización del Registro de Propiedad del Inmueble. En cuanto a los desalojos, se instaura el juicio sumarísimo para casos de usurpación y falta de pago de alquileres, estableciendo plazos de diez días para la restitución del inmueble, con el objetivo de dotar de mayor celeridad a la respuesta judicial frente a las ocupaciones.

Por otro lado, la reforma a la ley de expropiaciones introduce criterios más estrictos para que el Estado pueda avanzar sobre bienes privados. La declaración de utilidad pública deberá ser, a partir de ahora, de interpretación restrictiva, debiendo demostrarse su idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Asimismo, se han modificado las fórmulas de indemnización para que reflejen de manera más precisa el valor de mercado, limitando el alcance del lucro cesante y estableciendo mecanismos de actualización para preservar el valor real del dinero frente a la inflación.

La sesión, presidida por el titular provisional del cuerpo, Bartolomé Abdala, debido al viaje del Presidente de la Nación, también dejó una curiosidad procedimental: la negativa del pleno a autorizar la participación virtual de dos senadores —Anabel Fernández Sagasti y Flavio Fama—, con el objetivo de evitar el establecimiento de un precedente que alterara las reglas de juego del Cuerpo. Con esta media sanción, el oficialismo logra un triunfo parcial, aunque el proyecto que llegará a Diputados dista del ambicioso plan original, reflejando las dificultades de un oficialismo que, en minoría, debe negociar cada avance legislativo.